Al contar con el seguro de accidentes personales de Atlántica Seguros, nuestros asegurados gozarán de los más amplios beneficios para atender los problemas financieros causados por su accidente.
Para gozar de ellos, el asegurado puede comunicarse a la hora que requiera el servicio, los 7 días de la semana y será atendido por personal altamente calificado para atender las necesidades que se le presenten.
Este seguro:
- Válido en cualquier parte del mundo.
- Tiene servicio disponible las 24 horas del día y durante todo el año.
- Proteje contra cualquier hecho fortuito, tanto en actividades personales como profesionales.
Beneficio | Descripción |
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Muerte Accidental | Pago de cobertura por muerte accidental del asegurado. |
Invalidez Total y Permanente | Pago por invalidez total y permanente igual a la cobertura máxima. |
Invalidez Permanente Parcial | Pago parcial de la cobertura máxima por invalidez permanente parcial. |
Suplemento | Descripción |
Muerte Accidental | Al morir en un accidente la compañía pagará una cantidad adicional basada en la cobertura seleccionada |
Incapacidad total y permanente | Pago de la suma asegurada en 24 mensualidades consecutivas de igual monto al transcurrir 6 meses en que el asegurado permanece con un diagnóstico de incapacidad total y permanente. En caso de fallecimiento durante el transcurso del pago de las mensualidades, los beneficiarios recibirán un pago único por el monto de la suma asegurada menos las mensualidades pagadas por incapacidad total. Pago de beneficio cesará a partir del mes en que el asegurado recupera capacidad productiva y laboral. |
Reembolso de gastos médicos | Si como consecuencia de un accidente el asegurado debe someterse a un tratamiento médico, intervención quirúrgica, hospitalizarse, hacer uso de una ambulancia, servicios de enfermera, medicinas o estudios de laboratorio, se reembolsarán los gastos médicos ocurridos según lo establecido en las condiciones de la póliza. |
Gastos funerarios | Este suplemento le provee una indemnización adicional para cubrir los gastos funerarios y de entierro. |
Renta diaria por hospitalización | En caso de Hospitalización a causa de un accidente o enfermedad la compañía aseguradora pagara al asegurado una renta diaria según el plan contratado |